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ACTUALIDAD

3 de marzo de 2022

Habrá nueva normativa para tráileres y casas rodantes: Qué se les pedirá

Los tráileres y casas rodantes deberán contar desde el 1º de abril con placa identificatoria otorgada por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor. Además deberán tramitar una certificación de seguridad.

Los propietarios que circulen en falta con la normativa vigente podrán ser multados con las sanciones previstas en la Ley Nacional de Tránsito (24.449), según se informó oficialmente.

De esta manera, ya no estará permitido circular con la placa denominada como "patente 101", según señaló un comunicado de la ANSV.
La normativa vigente, contemplada en la resolución 323/2019 de la Dirección Nacional de la Propiedad Automotor, comprende a acoplados, remolques, tráileres y casas rodantes de hasta 750 kilos, destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares.

Los tráileres y casas rodantes deberán contar desde el próximo 1º de abril con placa identificatoria otorgada por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor, y como trámite previo sus dueños tendrán que obtener de parte de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) una certificación de que los vehículos son seguros para la circulación por la vía pública.

Télam.

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