POLITICA
29 de julio de 2021
Allende: abreviado con dos oposiciones y reparos del Fiscal de Estado

La definición del futuro del acuerdo de juicio abreviado con el que el exdiputado provincial del PJ José Ángel Allende saldará sus causas en la Justicia se aplazó para el jueves 5 de agosto, a las 13
Así lo resolvió el juez de juicio Elvio Osir Garzón hoy, tras escuchar los argumentos de la Fiscalía y de los defensores de Allende, a favor de esa salida negociada, y la cerrada oposición de los querellantes Rubén Pagliotto, en representación del periodista Martín Carboni, y de Fernanda Vásquez Pinasco, representante de la ministra de Salud, Sonia Velázquez. Ambos lo habían denunciado a Allende por amenazas y coacciones en contexto de violencia de género, respectivamente.
El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, no puso reparos al acuerdo, aunque sí observó que rechaza el destino que se dio de antemano a los bienes que se decomisarían a Allende en el marco de la condena acordada. Rodríguez Signes sostuvo que el destino debe darlo el Poder Ejecutivo y no el Ministerio Público Fiscal.
El Ministerio Público Fiscal y la defensa del exdiputado provincial y actual secretario general de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), José Ángel Allende, defendieron esta mañana el acuerdo de juicio abreviado que propician y que supone un cierre de los compromisos judiciales del extitular de la Cámara de Diputados de la Provincia en cuatro investigaciones penales: enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con la función pública, coacciones y amenazas en contexto de violencia de género.
A Allende lo investigó la Justicia a lo largo de 9 años por su llamativo crecimiento patrimonial, y se concluyó en que entre diciembre de 1999 y diciembre de 2016 –hubo un corte de la investigación en ese año- tuvo un enriquecimiento no justificado del orden de 1,6 millones de dólares. En el detalle de sus bienes, se cuenta un departamento en la Torres Cóndor (calle Mitre); dos departamentos en una torre de calle Cervantes; una casa en calle Laprida al 100; el caserón de calle Castelli, en las barrancas del Parque Urquiza; un departamento en Torre Le Parc (CABA); una casaquinta en Sauce Montrull; dos yates, Quichua y Guadalupe; dos inmuebles en Nogoyá; tres terrenos en Quebracho; uno en la isla Puente, aunque el listado no es completo.
También lo investigaron por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública por la entrega de 128 subsidios desde la presidencia de la Cámara de Diputados a la Fundación Esperanza, en cuya comisión directiva estaba el propio legislador, su esposa, Adriana Sattler, y una de sus hijas. También, por las amenazas de las que fue víctima el periodista Martín Carboni, y el hostigamiento hacia la ministra de Salud, Sonia Velázquez, a quien amenazó en su despacho en Casa de Gobierno, y luego en un acto político que encabezó, en 2018, el gobernador Gustavo Bordet, en el camping del Sindicato de Empleados de Comercio.
El acuerdo, al que se oponen la ministra Velázquez y el periodista Carboni, implica, en primer lugar, la aceptación por parte de Allende de haber cometido esos delitos, el pago de una multa por $3 millones –el 60% del valor del enriquecimiento en pesos, según el informe contable, de acuerdo a lo que relató la fiscal Cattáneo- y la aplicación de una pena de prisión condicional de 2 años y 8 meses, más la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.
La abogada feminista Fernanda Vásquez Pinasco, querellante en representación de la ministra Velázquez, expresó su oposición al abreviado, por tres razones: no hubo consentimiento de la víctima; rechaza la calificación penal y la pena que se pretende imponer a Allende; y no hay perspectiva de género en la causa.
“Estoy sola en esta audiencia porque la señora Velázquez está abocada a su función, en la campaña de vacunación y porque no quiere volver a ser revictimizada”, señaló. “Si ella hubiera estado en conocimiento de todos los derechos que tenía y la posibilidad de ejercerlos, no estaríamos sentados acá. De haberla puesto en conocimiento del modo de abreviar, no lo hubiera suscripto, no estaríamos acá”, afirmó en una dura crítica al Ministerio Público Fiscal.
Antes, el defensor de Allende, Leopoldo Lambruschini, había relativizado esa oposición y el alegato de la letrada en la audiencia. Habló de una “errática y contradictoria” postura de la ministra de Salud en torno al juicio abreviado.
La querellante insistió en que quedó demostrado que hubo ninguneo de la víctima. «No sirve que escribamos en la calificación que el hecho fue en contexto de violencia de género si no le damos tratamiento de un caso de violencia de género», fustigó.
Vásquez Pinasco pidió que el caso de coacciones en contexto de violencia de género que le imputa a Allende sea elevado a juicio y no se sume al abreviado.
«Cambalache jurídico»
El periodista Martín Carboni, a través de su abogado, Rubén Pagliotto, también se opuso al abreviado de Allende.
El periodista observó que “se intentan concluir 4 causas seguidas contra el imputado por el mecanismo de juicio abreviado, que comprendería todos los injustos cometidos, pese a tratarse de causas de distinta sustancia y naturaleza penal, con distintos sujetos como víctimas, lo que impide individualizar la pena para cada uno de los delitos, de tal suerte que las amenazas coactivas perpetradas en mi contra y la responsabilidad penal del imputado relacionadas con ese injusto, quedarían subsumidas en un una especie de ´combo´ o juzgamiento a ´bulto cerrado´ de cuatro acciones delictivas, una más grave que otra, en una suerte de cambalache jurídico resumido en una oferta del ´4 x 1´.- Tal situación, va de suyo, no sólo que desjerarquiza y devalúa la sagrada función jurisdiccional, sino que sienta un obscuro y desalentador precedente, no sólo de paupérrima factura jurídica, sino de desalentador mensaje para la sociedad toda”.
Además, agregó que Allende “sin frenos inhibitorios ni conciencia cívica ninguna, atentó mediante una velada amenaza hacia mi persona, por un medio público de gran audiencia, contra todo el periodismo, invocando, sin tapujos y con aviesa intencionalidad, un hecho gravísimo y trágico consumado en democracia, precisamente a raíz del ejercicio del derecho a la libertad de expresión: el bestial asesinato del reportero gráfico José Luis Cabezas, luctuoso emblema de uno de los mayores atentados a la República toda. Incluso, resignificó con inusitado desparpajo y prepotencia, su desprecio por las normas, al atreverse a negar con enorme osadía una decisión de la justicia nacional que quedó firme y pasada en autoridad de cosa juzgada hace ya muchos años: negó infamantemente, en una suerte de apología del crimen, que Yabrán haya asesinado a Cabezas (Alfredo Yabrán, destaco y recuerdo, fue condenado por autor intelectual de ese atroz homicidio)”.
El reparto
El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, manifestó su acuerdo al abreviado en lo que le concernía opinar, el delito de enriquecimiento ilícito, aunque discrepó con el reparto que plantea el acuerdo respecto de los bienes a decomisar a Allende.
Al exlegislador se prevé decomisarle un inmueble de su propiedad de calle Laprida 152, en Paraná, y un inmueble de calle Castelli 10, también de Paraná. En cuanto al destino de esas propiedades, el acuerdo de juicio abreviado establece que «entendemos que es oportuno asignar al inmueble a decomisar, localizado en calle Castelli N° 10, un destino simbólicamente acorde con políticas de Estado tendentes al mejoramiento de la calidad institucional de la Provincia», y se lo asigna al Consejo de la Magistratura; en tanto, la propiedad de calle Laprida 152, a la Unidad Fiscal de Género.
“No estamos de acuerdo con el destino de los bienes”, señaló Rodríguez Signes, y planteó que quien debe resolver qué futuro tendrán esos bienes decomisados es el Poder Ejecutivo. Que así se ha resuelto en las causas de los exsenadores provinciales condenados Mario Yedro y Abelardo Pacayut, y del exfuncionario Hugo Righelato.
Un revés previo
Un primer intento por cerrar los compromisos judiciales de Allende con un juicio abreviado había derivado en un fiasco. El 22 de octubre, un tribunal conformado por los jueces José María Chemes, Carolina Castagno y Alejandro Cánepa declaró inadmisible el acuerdo de juicio abreviado para el exdiputado acusado de los delitos de enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con la función pública, amenazas y coacciones.
La resolución fue apelada por la Procuración, que acudió ante la Cámara de Casación Penal. El 30 de diciembre último, ese tribunal de alzada declaró la nulidad de la audiencia de juicio abreviado en la que el Ministerio Público Fiscal buscó cerrar las investigaciones penales que pesan sobre las espaldas del expresidente de la Cámara de Diputados y actual secretario general de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN)
De ese modo, se constituyó otro tribunal, ahora unipersonal, para que analizase la aceptación, o el rechazo, del abreviado.
El abecé
El juicio abreviado fue acordado por los fiscales Leandro Dato (que tramitó la denuncia por amenazas en contexto de violencia de género por parte de la ministra de Salud, Sonia Velázquez), Álvaro Piérola (llevó adelante la investigación penal por amenazas que le hizo a Allende el periodista Martín Carboni) y las investigaciones por enriquecimiento ilícito y negociaciones incompatibles con la función pública (a cargo de la fiscal Laura Cattáneo, que involucró a Allende, su pareja Adriana Satler, su exDiana María Cristina Traverso, y sus hijos Julio, Victoria y Carolina Allende).
Defensores de Allende: Leopoldo Lambruschini y Julio Federik.
El acuerdo entre Fiscalía y defensa establece que Allende reconoce su responsabilidad en la comisión de los delitos que se le imputaron, y con las características que les fueron reprochados, y acepta la pena impuesta: dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento condicional, el pago de una multa de $3 millones, e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. También, el decomiso de dos propiedades, una en calle Laprida al 100, que sería destinada a la Unidad Fiscal de Violencia de Género; y el palacete de calle Alberti, en la zona del Parque Urquiza, que iría para el Consejo de la Magistratura.
En la primera investigación penal, la imputación fiscal dice: «Durante su desempeño como funcionario público del Estado provincial -Diputado Provincial-, desde el 10 de diciembre de 1999 hasta diciembre de 2016, José Ángel Allende, incrementó desproporcionadamente su patrimonio, utilizando para ello la intervención, como interpósitas personas, de Adriana Guadalupe Satler, Diana María Cristina Traverso, Julio Alejandro Allende, Victoria Allende y Carolina Allende y de la Persona Jurídica UPCN. Ello ocurrió a partir de la adquisición de bienes Inmuebles, Embarcaciones, Automotores, Inversiones en Plazo fijo y participación en sociedades, por montos que no se justificaron en el ahorro disponible para inversión en un total de pesos cuatro millones novecientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y seis pesos con catorce centavos ($4.983.146,14), lo que dólarizado equivale a la suma de dólares estadounidenses un millón sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y uno con diecinueve centavos (U$S 1.069.841,19).»
Fiscales Laura Cattáneo, Álvaro Piérola y Leandro Dato.
En el segundo, dice la imputación: «Durante su mandato de diputado de la Provincia de Entre Ríos, José Ángel Allende se interesó en forma directa, interviniendo en los respectivos trámites administrativos, en el otorgamiento de subsidios no reintegrables por parte del órgano legislativo que integró (la Cámara de Diputados), en favor de la Fundación Esperanza, entidad que conformó como Presidente y Secretario desde el 16 de noviembre del 2004 y que también fue dirigida por los coimputados Adriana Satler (su pareja), en su carácter de Presidente y Victoria Allende (su hija), en su carácter de tesorera desde el 20 de octubre del 2007. Así, obtuvo que dicha fundación recibiera tales ayudas económicas por la suma total de pesos un millón trescientos cincuenta y ocho mil seiscientos diecisiete con noventa y ocho ($1.358.617,98), desde el 21/01/2008 al 5/12/2011».
«Ambos hechos delictivos, cuya intervención se le enrostra en carácter de autor (art. 45 CP) se encuentran suficientemente acreditados, con el grado necesario para arribar a una sentencia condenatoria, con los elementos de juicio que obran en el expediente de referencia, la documental reservada y el informe técnico pericial contable confeccionado por el Cdor. Héctor Enrique, integrante del Gabinete Pericial Contable del Ministerio Público Fiscal al que las partes acordamos otorgarle valor probatorio en el presente acuerdo y que resultan ser los los siguientes», dice el acuerdo.
La tercera causa, «Allende José Ángel s/Amenazas Coactivas» tiene la siguiente imputación: «El día 30 de mayo de 2017 entre las 8 y 10 horas en el programa emitido por Radio La Voz a cargo del Sr. Rubén Almará, el Sr. José Ángel Allende haciendo referencia al periodista local Martín Adrián Carboni, manifestó en un primer momento ´que se dejen de joder´ para luego afirmar durante la misma nota ´vos viste que a Yabrán no lo matan, porque Yabrán no se suicida porque él lo mató a Cabezas. Yabrán se suicida porque los alcahuetes de Yabrán, queriendo quedar bien, lo apretaron a Cabezas y se les fue la mano y lo mataron. Acá no sea que le pase al gobernador que algunos alcahuetes que tiene alrededor tomen ese tipo de actitud y lo terminen perjudicando´, intimidando así públicamente a Carboni para que cese con sus investigaciones periodísticas vinculadas a contrataciones en Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos».
El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes; y el adjunto, Sebastián Trinadori.
En su denuncia en la Justicia, Carboni mencionó que Allende «lo había llamado con anterioridad al hecho, unos 20 o 30 días antes, indicándole ´me estas pegando al pedo´, solicitándole que deje de hacerlo y refiriéndole que ´si queres vení y te lo explico´, expresiones que incomodaron al denunciante atento que fueron posteriores a la denuncia y de forma directa. Pero más aún se vio afectada la libertad de determinación del denunciante en vida personal y su labor profesional cuando el imputado Allende vinculó de manera amenazante el trabajo periodístico del Sr. Carboni con el caso ´Cabezas´ de gran trascendencia y gravedad institucional atento que se trató nada menos que del ataque a un periodista por el hecho profesional de tomar una foto en un ámbito público a una persona al momento acusada de ser partícipe en la comisión de delitos de corrupción».
Y la cuarta causa que forma parte del abreviado «Allende José Ángel s/Amenazas» se refiere a las intimidaciones en un contexto de violencia de género de las cuales fuera víctima la ministra de Salud, Sonia Velázquez.
Dice la imputación: “En un contexto de acciones intimidatorias, denigrantes y coactivas dirigidas a Sonia Mabel Velázquez desde el inicio de la gestión como Ministra de Salud de la Provincia de Entre Ríos, en fecha 05/04/2018 aproximadamente a las 20:00 hs., mientras se desarrollaba una reunión en el despacho ministerial -oficina 65, primer piso de Casa de Gobierno-, estando presente junto a la delegada de UPCN Karina Domínguez le manifestó: ´Lo de Diamante no da para más, quiero que eches a la Directora´, ´Te ordeno que eches a la Directora´, mientras la Ministra le respondía que no, que no tenía motivos, y que nadie se lo iba a exigir, Allende le vuelve a decir ´te lo ordeno´ a raíz de ello, enfurecido le comienza a decir cosas tales como ´vos sabés quién soy´, «no me atendés el teléfono´, ´yo fui el Presidente de la Cámara de Diputados´, criticaba la gestión en el Ministerio, reprochaba nombramientos, criticaba funcionarios de la gestión, que no trabajaban, también al tratarse la situación de la Coordinadora de Salud del Departamento Nogoyá, Allende manifestó en tono intimidatorio ´si la llegas a tocar, te prendemos fuego en Nogoyá´, continuando con las agresiones verbales, todo ello en presencia de Karina Domínguez . Como la conversación había derivado en agresiones verbales y amenazas, Velázquez se levantó y los invitó a retirarse del despacho, manifestándoles que en esos términos no podían seguir conversando, y se retiraron del despacho, produciendo la situación vivida temor e intranquilidad en Velázquez, sensación que fuera transmitida minutos y horas posteriores a sus colaboradores directos. Que las situaciones de hostigamiento y denigraciones en público y privado dirigidas a Sonia Mabel Velázquez continuaron hasta el día 24/10/2018, en el que en un acto público político le profirió delante de las ministras Rosario Romero y Laura Stratta expresiones tales como ´no mires para otro lado´, ´che saludame´ insistiéndole, ´te estoy hablando´, y a continuación la inquirió manifestándole ´cuándo nos vamos a sentar a arreglar vos y yo´, en dos oportunidades, y al responderle que no tenía nada que arreglar con él, Allende le expresó ´por qué no te vas un poco a la mierda´, momento en el cual intercede la ministra Rosario Romero y se aleja, hechos que determinaron a Sonia Mabel Velázquez a realizar denuncia penal en fecha 26/10/2018».
El hecho quedó calificado como amenazas en un contexto de violencia de género.
Decomisos
Respecto del delito de enriquecimiento, dice el acuerdo, «el informe especializado producido por el Gabinete Técnico Contable del Ministerio Público Fiscal, ha llegado a la conclusión de un monto total de enriquecimiento que fuera antes explicitado, lo que expresado en valor dólar y realizando un procedimiento de actualización anual, que permita una razonable traslación temporal de los valores (atento a nuestro contexto inflacionario), arriba a la suma de dólares estadounidenses un millón sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y uno con diecinueve centavos (U$S 1.069.841,19). Es por ello, que se ha acordado el decomiso de bienes inmuebles cuyo valor de tasación en dólares es mayor a la totalidad del producido por el delito que surge del monto del enriquecimiento no justificado. Así, se ha acordado el decomiso de los siguientes inmuebles:
1.- Inmueble con domicilio parcelario en calle Laprida no 152 de la ciudad de Paraná, Matrícula N° 148.596, Plano Mensura N°111.159, Área Urbana, Dto. U.C.A., Sección 4ta., Manzana N° 70, Superficie parcelaria trescientos cuarenta y cuatro metros cuadrados con setenta y cuatro decímetros cuadrados (…). Este inmueble, ha sido tasado según informe de fs. 350/355, en el valor de U$S 378.289. Está afectado a usufructo vitalicio, a favor de Belkys Margarita Longhi, inscripto al N° 2763 Folio 128 Libro 42 del 27/03/1991, por lo que se decomisa la nuda propiedad hasta la extinción del usufructo vitalicio, una vez extinguido este el destinatario del decomiso gozará del dominio pleno del inmueble. Según Escritura N° 89 del registro del Escribano Arturo J.H. Domínguez, le corresponde al imputado José Ángel Allende, y a sus hijos Julio Alejandro, Victoria y Carolina Allende que lo recibieron por donación de su madre Diana María Cristina Traverso. Atento el carácter de beneficiarios a título gratuito de los Sres. Julio Alejandro, Victoria y Carolina Allende, el decomiso procederá sobre este bien conforme a la previsión del art. 23 cuarto párrafo del CP.
2.- Inmueble con domicilio parcelario en calle Juan José Castelli No 10 ciudad de Paraná. Superficie parcelaria ciento noventa y nueve metros cuadrados con diez decímetros cuadrados (se adjunta ficha de dominio en fotocopia). Este inmueble, ha sido tasado según informe de fs. fs. 356/361, en un valor total U$S 726.922. El importe que representan los bienes decomisados asciende a la suma total de U$S 1.105.211 lo que supera el monto total del enriquecimiento.
En cuanto al destino que corresponde darle los bienes decomisados, «tratándose de la condena por un hecho de corrupción, no sólo la pérdida del producido del delito a través del decomiso tiene efectos disuasorios, sino que también consideramos necesario asignar una finalidad concretamente relacionada con el fortalecimiento de las instituciones republicanas». El acuerdo dice que «entendemos que es oportuno asignar al inmueble a decomisar, localizado en calle Castelli N° 10, un destino simbólicamente acorde con políticas de Estado tendentes al mejoramiento de la calidad institucional de la Provincia. En este entendimiento, la Constitución Provincial de 2008 ha jerarquizado al organismo encargado de la selección de los Magistrados del Poder Judicial, cuyo aporte a la calidad institucional de uno de los poderes del Estado es innegable. El Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos, pese a ser un órgano constitucional carece de sede propia, por lo que entendemos que el inmueble sito en calle Castelli, debe ser puesta a disposición el Poder Ejecutivo, para su asignación como sede del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos».
Respecto al inmueble de Laprida 152 de Paraná, «solicitamos sea asignado al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos, con destino específico a la Unidad Fiscal de Género de la ciudad de Paraná, no sólo por la naturaleza de uno de los delitos por los que se arriba a sentencia condenatoria, sino en virtud de ser la problemática de la violencia de género de interés preponderante para todos los poderes del Estado. En particular, la necesidad por parte del Ministerio Público Fiscal de contar con un espacio más adecuado e idóneo para la localización de estas fiscalías, permitirá un abordaje de las víctimas y testigos acorde con las particularidades de las situaciones por las que transitan. Así, se dará cumplimiento, además, a una política de Estado que impone al Poder Judicial, y con ello, al Ministerio Público Fiscal, de seguir enfocando su política de actuación para la prevención y juzgamiento de los delitos realizados en un contexto de violencia de género conforme a la legislación específica en la materia».
Condena
El acuerdo de juicio abreviado, «teniendo en cuenta la gravedad de los ilícitos atribuidos», incluye un pedido para que se imponga a Allende por los delitos de enriquecimiento ilícito de funcionario público, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, coacciones y amenazas en el marco de una situación de violencia de género la pena de dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento condicional, el pago de una multa de $3 millones, e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
Incluye, además, el cumplimiento de reglas de conductas por dos años: a) fijar domicilio, y en caso de modificar el mismo, la obligación de informarlo; b) la prohibición de realizar cualquier tipo de actos violentos, molestos y/o perturbadores, a las víctimas y su grupo familiar por sí o por interpósita persona; c) realizar algún tipo de actividad relacionada con la violencia de género y la libertad de expresión; d) prohibición de verse involucrado en cualquier comportamiento violento.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora