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LOCALES

29 de octubre de 2020

Tuvo ingreso en el Concejo Deliberante un Proyecto sobre disfluencia 

Proyecto de Resolución Bloque de Concejales Justicialistas solicitando al DEM actividades relacionadas con la disfluencia.

El mismo fue girado al Concejo en Comisión para su respectivo tratamiento   

PROYECTO DE RESOLUCIÓN BLOQUE JUSTICIALISTA:

VISTO:
La nota presentada por un vecino de Federal (Prof. Juan Aranguiz) y la reunión mantenida con la Asociación Argentina de Tartamudez y,

CONSIDERANDO:
Que se ha declarado desde el año 1998, el día 22 de octubre como “Día internacional de la toma de Conciencia de la tartamudez- disfluencia”;
Que la tartamudez es una dificultad que interrumpe la fluidez normal del lenguaje que tiene su máximo desarrollo entre los 2 y los 5 años;
Que es sabido que la disfluencia no es sólo repetir palabras, sino que también la persona que la padece hace un gran esfuerzo al hablar que afecta a todo su cuerpo (se ponen colorados, se le tensan los músculos, les sale la voz finita, cierran los ojitos o fruncen las cejas cuando hablan, presentan evidente incomodidad al hablar);
Que la tartamudez o disfluencia es padecida por un 1% de la población mundial;
Que este trastorno del habla es más común en varones que en mujeres;
Que la disfluencia no es considerada una discapacidad y por ende no se puede acceder a un tratamiento atendido por obras sociales;
Que es fundamental generar cambios socio-culturales, para desmitificar lo negativo, el prejuicio y la burla;
Que es necesario fomentar la información y la concientización acerca de este trastorno para poder tener una sociedad igualitaria y equitativa;
Que es necesario brindar herramientas a diferentes sectores de la sociedad: familias, instituciones educativas, efectores de salud, comerciantes, a fin de poder dar un tratamiento adecuado a los que la padecen;
Que es fundamental saber que el niño, joven o adulto que tiene este trastorno siente frustración, vergüenza, o miedo de hablar, por lo que debemos prepararnos para que se sientan bien en todos los ámbitos en los que se desarrollan;
Que se debe tener presente que la tartamudez no afecta la capacidad intelectual de las personas;
Que una persona sea disfluente no significa que no esté capacitado para aprender, que para el alumno que padece este trastorno, sea cual fuere la etapa escolar que transita, la opción inclusiva representa la esperanza de que la escuela se transforme y desarrolle de tal manera que se eliminen las barreras que impiden su participación y hacen que se sientan excluidos;
Que es necesario implementar acciones de concientización tendientes a entender la problemática y hacer que el niño, joven o adulto que la posea pueda mejorar su comunicación, ayudando a su seguridad y autoestima;
Que es sabido que la intervención terapéutica temprana, puede revertir parcial o totalmente el problema;
Que es fundamental ponernos en el lugar del otro, cambiar la mirada, ser empáticos;
Que es sabido que la Asociación Argentina de Tartamudez, viene haciendo un trabajo arduo de información y concientización a diferentes sectores de la sociedad, por lo que las personas que tartamudean, ya no están solas.
Que se tiene conocimiento que los profesionales de la Asociación colaboran con instancias de capacitación en diferentes localidades.
Que es responsabilidad del Municipio implementar políticas públicas en beneficio de toda la comunidad, promoviendo acciones concretas garantizando igualdad de derechos;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE FEDERAL, ENTRE RIOS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN:

ARTÍCULO N° 1: Instar al DEM que a través de la Dirección de Desarrollo Social, y del Área de Participación Ciudadana se lleve adelante un Programa que brinde herramientas informativas y de concientización a distintos sectores de la sociedad acerca de la disfluencia.

ARTÍCULO N° 2: Solicitar que la puesta en marcha de dicho programa sea efectivo a partir del mes de marzo/2021 en consonancia con el inicio de las actividades educativas.

ARTÍCULO N°3: Acompañar la concientización con charlas con profesionales de la temática, destinadas a personal de salud, educativos, y abiertas a todo público.

ARTÍCULO N°4: Solicitar que a través del Área de Participación Ciudadana se realice la impresión de folletos, trípticos, carteles favoreciendo la información.

ARTÍCULO N°5: Las erogaciones producidas por dicho Programa que sean imputadas a la Secretaría de Desarrollo Social, para lo cual se solicita al DEM incluirlo en el presupuesto 2021.

ARTÍCULO N°6: Remitir copia a la Asociación Argentina de Tartamudez para conocimiento y colaboración en las instancias de capacitación.

ARTÍCULO N°7: De forma.

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